¿Quiénes pueden cobrarla?
DESOCUPADOS
(Aquellos que no perciban ninguna suma de dinero en concepto de Prestaciones Contributivas o No Contributivas,Subsidios, Planes, Jubilaciones, Pensiones, etc.)
TRABAJADORES NO REGISTRADOS
(Que ganen igual o menos del salario mínimo, vital y móvil )
SERVICIO DOMÉSTICO
(Que ganen igual o menos del salario mínimo, vital y móvil )
MONOTRIBUTISTA SOCIALES
Se pagará a uno solo de los padres, tutor, curador, guardador o pariente por consanguinidad hasta el tercer grado( por ejemplo un abuelo, un tío, hermano mayor de 18 años), por cada menor de dieciocho (18) años que se encuentre a su cargo o sin límite de edad cuando se trate de un discapacitado, privilegiando a la mamá. La asignación se abonará hasta un máximo de 5 niños.
Casos de Cobro sin derecho - Renuncia por Incompatilidad
Incompatibilidad con programas y planes sociales
El Árticulo 9º del Decreto 1602/09 detarmina que: "La percepción de las prestaciones previstas en el presente decreto resultan incompatibles con el cobro de cualquier suma originada en Prestaciones Contributivas o No Contributivas Nacionales, Provinciales, Municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo las prestaciones de las Leyes Nros. 24.013, 24.241 y 24.714 y sus respectivas modificatorias y complementarias."
ANSES firmó Convenios de Cooperación para la Asignación Universal por Hijo, con todas las provincias.* El mismo tiene como objetivo el intercambio de información a fin de conformar un registro consistente para la implementación efectiva del cobro de la prestacióny determinar las posibles incompatibilidades.
Residentes en la Ciudad de Buenos Aires: Desde el mes de junio de 2010, los titulares de la Asignación Universal por Hijo residente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no deberán presentar en ningún caso “Formulario Certificación Negativa - Planes Sociales - Provincias sin Convenio”. Esto se debe a que ANSES está recepcionando los archivos con la información de todos los titulares que perciben algún Plan/Programa que otorga el citado Gobierno y los mismos serán actualizados mensualmente.
En caso de no liquidación de la Asignación Universal por Hijo por figurar como beneficiario de algún Plan/Programa, el reclamo debe efectuarse ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a los efectos de que éste actualice la información que mensualmente debe brindar a ANSES. El beneficiario deberá evaluar los requisitos y las características de la Asignación Universal por Hijo, con anterioridad a la baja del Programa/Plan que actualmente recibe de la Ciudad.
*Con excepción de la provincia de San Luis.
¿Qué requisitos se deben cumplir?
EL TITULAR
Tener DNI (La constancia de DNI en trámite no acredita identidad).
Residir en el país.
Ser argentino nativo o naturalizado o con residencia legal en el país mínima de 3 años.
Figurar en la Base de Personas de ANSES
Que sus hijos figuren en la Base de Personas de ANSES relacionados con el titular.
EL HIJO
Tener menos de 18 años de edad.
Ser hijo matrimonial o extramatrimonial, adoptado o estar bajo guarda, tutela, o estar a cargo de un pariente por consanguinidad hasta 3º grado (abuelo, tío, hermano)
Ser soltero.
Tener DNI (La constancia de DNI en trámite no acredita identidad).
Residir en el país.
Ser argentino nativo o naturalizado o con residencia legal en el país mínima de 3 años.
Figurar en la Base de Personas de ANSES relacionado con quien lo tiene a cargo.
EL HIJO CON DISCAPACIDAD
Contar con Autorización por Discapacidad vigente emitida por ANSES. (Más información >>)
No tiene límite de edad.
Ser soltero.
Ser hijo matrimonial o extramatrimonial, adoptado o estar bajo guarda, tutela, o Curatela a la Persona, o estar a cargo de un pariente por consanguinidad hasta 3º grado (abuelo, tío, hermano).
Cuando el discapacitado sea mayor de edad y no tenga madre ni padre ni curador se abona la Asignación Universal por Hijo al pariente por consanguinidad o afinidad cuya obligación alimentaria, en los términos de los artículos 367, 368 y 370 del Código Civil, sea declarada o reconocida por Autoridad Judicial competente, ya sea a través de Sentencia o Información Sumaria.
Ser soltero, divorciado, separado legalmente o viudo.
Tener DNI (La constancia de DNI en trámite no acredita identidad).
Residir en el país.
Ser argentino nativo o naturalizado o con residencia legal en el país mínima de 3 años.
Figurar en la Base de Personas de ANSES relacionado con quien lo tiene a cargo.
La existencia de menores de 18 años y discapacitados que no cumplan las condiciones para generar el derecho al cobro de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social, cualquiera fuere el motivo, no impedirá el cobro de la prestación a las personas que lo tienen a su cargo por el resto de los integrantes del grupo familiar en condiciones de percibirlo.
¿Cuánto se pagará?
$180
Por mes, por hijo (máximo 5) de la siguiente forma:
$144
(80%) se percibirá directamente
$36
(20%) restantes se depositarán en una cuenta a nombre del titular. Ese dinero sólo podrá ser retirado una vez al año, cuando demuestre que el niño concurrió a la escuela durante el ciclo escolar y cumplió con el plan de vacunación.
Por Hijo con Discapacidad el monto de la prestación es de $720 por mes :
$720
Por mes, por hijo (máximo 5) de la siguiente forma:
$576
(80%) se percibirá directamente
$144
(20%) restantes se depositarán en una cuenta a nombre del titular. Ese dinero sólo podrá ser retirado una vez al año, cuando demuestre que el niño concurrió a la escuela durante el ciclo escolar y cumplió con el plan de vacunación.
Para cobrar esta asignación, el titular deberá presentar anualmentela Libreta Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación, en la que los profesionales de la salud y educación registrarán en sus respectivas áreas los controles médicos, los esquemas de vacunación, la inscripción al Plan Nacer y la asistencia a la escuela, requisitos indispensables para poder cobrar la Asignación Universal. Para más información al respecto, ingrese aquí http://www.anses.gob.ar/LIBRETA/
http://www.anses.gob.ar/AAFF_HIJO2/index.php?p=1
LIBRETA
http://www.anses.gob.ar/LIBRETA/
En el marco de la nueva asignación, cada niño y adolescente recibirá la Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación a su nombre, en la que los profesionales de la salud y educación registrarán en sus respectivas áreas los controles médicos, los esquemas de vacunación, la inscripción al Plan Nacer y la asistencia a la escuela, requisitos indispensables para poder cobrar la Asignación Universal.
En forma transitoria, respecto de la información correspondiente al año 2010, quienes no hayan recibido la libreta, podrán imprimir el FORMULARIO DE LIBRETA AÑO 2010, y completar en el mismo la declaración jurada del adulto responsable y en caso de corresponder (ver 2 - ¿Cómo se utiliza?), la información de salud y educación del menor.
Por este motivo esta libreta es un importante instrumento que nos permitirá un seguimiento eficaz de la historia de cada chico en relación con el control de su salud y educación.
Asimismo el progenitor o tutor a cargo del niño o del adolescente completará la Declaración Jurada del Adulto Responsable.
La presentación de esta libreta con los datos completos ante ANSES le permitirá:
• Percibir el saldo anual del 20 % de la Asignación Universal por Hijo que se retiene en forma mensual.
•Continuar recibiendo la Asignación Universal por Hijo todos los meses.
Es importante recordar que, en este período, sólo recibirán la Libreta aquellos beneficiarios que percibieron la Asignación Universal por Hijo por los meses de noviembre y/o diciembre del año 2009. Aquellas personas que se dieron de alta a partir de enero de 2010, la recibirán más adelante
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MONOTRIBUTISTA SOCIALES
Se pagará a uno solo de los padres, tutor, curador, guardador o pariente por consanguinidad hasta el tercer grado( por ejemplo un abuelo, un tío, hermano mayor de 18 años), por cada menor de dieciocho (18) años que se encuentre a su cargo o sin límite de edad cuando se trate de un discapacitado, privilegiando a la mamá. La asignación se abonará hasta un máximo de 5 niños.
Casos de Cobro sin derecho - Renuncia por Incompatilidad
Incompatibilidad con programas y planes sociales
El Árticulo 9º del Decreto 1602/09 detarmina que: "La percepción de las prestaciones previstas en el presente decreto resultan incompatibles con el cobro de cualquier suma originada en Prestaciones Contributivas o No Contributivas Nacionales, Provinciales, Municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo las prestaciones de las Leyes Nros. 24.013, 24.241 y 24.714 y sus respectivas modificatorias y complementarias."
ANSES firmó Convenios de Cooperación para la Asignación Universal por Hijo, con todas las provincias.* El mismo tiene como objetivo el intercambio de información a fin de conformar un registro consistente para la implementación efectiva del cobro de la prestacióny determinar las posibles incompatibilidades.
Residentes en la Ciudad de Buenos Aires: Desde el mes de junio de 2010, los titulares de la Asignación Universal por Hijo residente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no deberán presentar en ningún caso “Formulario Certificación Negativa - Planes Sociales - Provincias sin Convenio”. Esto se debe a que ANSES está recepcionando los archivos con la información de todos los titulares que perciben algún Plan/Programa que otorga el citado Gobierno y los mismos serán actualizados mensualmente.
En caso de no liquidación de la Asignación Universal por Hijo por figurar como beneficiario de algún Plan/Programa, el reclamo debe efectuarse ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a los efectos de que éste actualice la información que mensualmente debe brindar a ANSES. El beneficiario deberá evaluar los requisitos y las características de la Asignación Universal por Hijo, con anterioridad a la baja del Programa/Plan que actualmente recibe de la Ciudad.
*Con excepción de la provincia de San Luis.
¿Qué requisitos se deben cumplir?
EL TITULAR
Tener DNI (La constancia de DNI en trámite no acredita identidad).
Residir en el país.
Ser argentino nativo o naturalizado o con residencia legal en el país mínima de 3 años.
Figurar en la Base de Personas de ANSES
Que sus hijos figuren en la Base de Personas de ANSES relacionados con el titular.
EL HIJO
Tener menos de 18 años de edad.
Ser hijo matrimonial o extramatrimonial, adoptado o estar bajo guarda, tutela, o estar a cargo de un pariente por consanguinidad hasta 3º grado (abuelo, tío, hermano)
Ser soltero.
Tener DNI (La constancia de DNI en trámite no acredita identidad).
Residir en el país.
Ser argentino nativo o naturalizado o con residencia legal en el país mínima de 3 años.
Figurar en la Base de Personas de ANSES relacionado con quien lo tiene a cargo.
EL HIJO CON DISCAPACIDAD
Contar con Autorización por Discapacidad vigente emitida por ANSES. (Más información >>)
No tiene límite de edad.
Ser soltero.
Ser hijo matrimonial o extramatrimonial, adoptado o estar bajo guarda, tutela, o Curatela a la Persona, o estar a cargo de un pariente por consanguinidad hasta 3º grado (abuelo, tío, hermano).
Cuando el discapacitado sea mayor de edad y no tenga madre ni padre ni curador se abona la Asignación Universal por Hijo al pariente por consanguinidad o afinidad cuya obligación alimentaria, en los términos de los artículos 367, 368 y 370 del Código Civil, sea declarada o reconocida por Autoridad Judicial competente, ya sea a través de Sentencia o Información Sumaria.
Ser soltero, divorciado, separado legalmente o viudo.
Tener DNI (La constancia de DNI en trámite no acredita identidad).
Residir en el país.
Ser argentino nativo o naturalizado o con residencia legal en el país mínima de 3 años.
Figurar en la Base de Personas de ANSES relacionado con quien lo tiene a cargo.
La existencia de menores de 18 años y discapacitados que no cumplan las condiciones para generar el derecho al cobro de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social, cualquiera fuere el motivo, no impedirá el cobro de la prestación a las personas que lo tienen a su cargo por el resto de los integrantes del grupo familiar en condiciones de percibirlo.
¿Cuánto se pagará?
$180
Por mes, por hijo (máximo 5) de la siguiente forma:
$144
(80%) se percibirá directamente
$36
(20%) restantes se depositarán en una cuenta a nombre del titular. Ese dinero sólo podrá ser retirado una vez al año, cuando demuestre que el niño concurrió a la escuela durante el ciclo escolar y cumplió con el plan de vacunación.
Por Hijo con Discapacidad el monto de la prestación es de $720 por mes :
$720
Por mes, por hijo (máximo 5) de la siguiente forma:
$576
(80%) se percibirá directamente
$144
(20%) restantes se depositarán en una cuenta a nombre del titular. Ese dinero sólo podrá ser retirado una vez al año, cuando demuestre que el niño concurrió a la escuela durante el ciclo escolar y cumplió con el plan de vacunación.
Para cobrar esta asignación, el titular deberá presentar anualmentela Libreta Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación, en la que los profesionales de la salud y educación registrarán en sus respectivas áreas los controles médicos, los esquemas de vacunación, la inscripción al Plan Nacer y la asistencia a la escuela, requisitos indispensables para poder cobrar la Asignación Universal. Para más información al respecto, ingrese aquí http://www.anses.gob.ar/LIBRETA/
http://www.anses.gob.ar/AAFF_HIJO2/index.php?p=1
LIBRETA
http://www.anses.gob.ar/LIBRETA/
En el marco de la nueva asignación, cada niño y adolescente recibirá la Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación a su nombre, en la que los profesionales de la salud y educación registrarán en sus respectivas áreas los controles médicos, los esquemas de vacunación, la inscripción al Plan Nacer y la asistencia a la escuela, requisitos indispensables para poder cobrar la Asignación Universal.
En forma transitoria, respecto de la información correspondiente al año 2010, quienes no hayan recibido la libreta, podrán imprimir el FORMULARIO DE LIBRETA AÑO 2010, y completar en el mismo la declaración jurada del adulto responsable y en caso de corresponder (ver 2 - ¿Cómo se utiliza?), la información de salud y educación del menor.
Por este motivo esta libreta es un importante instrumento que nos permitirá un seguimiento eficaz de la historia de cada chico en relación con el control de su salud y educación.
Asimismo el progenitor o tutor a cargo del niño o del adolescente completará la Declaración Jurada del Adulto Responsable.
La presentación de esta libreta con los datos completos ante ANSES le permitirá:
• Percibir el saldo anual del 20 % de la Asignación Universal por Hijo que se retiene en forma mensual.
•Continuar recibiendo la Asignación Universal por Hijo todos los meses.
Es importante recordar que, en este período, sólo recibirán la Libreta aquellos beneficiarios que percibieron la Asignación Universal por Hijo por los meses de noviembre y/o diciembre del año 2009. Aquellas personas que se dieron de alta a partir de enero de 2010, la recibirán más adelante
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