10 de Mayo de 2015
ESCENARIO
La Corte de la minoría automática
En medio del escándalo Fayt, quién es el "quinto hombre" del que habló Aníbal Fernández. Vínculos con el conservadurismo procesista y el Foro de la Convergencia Empresarial, en batalla contra "el populismo".
Roberto Caballero
La Corte de la minoría automática
Si la hija y el abogado de Carlos Fayt deben salir a decir que el juez supremo que dentro de tres años cumplirá un siglo "está vivo y lúcido" el problema ni siquiera merece ser planteado, porque es evidente. No se trata de su extensa trayectoria profesional, si detesta o no al kirchnerismo de estos años, o si fue antiperonista hace 70: el estado de incertidumbre sobre su figura, que dos de sus allegados más íntimos intentaron despejar con mucho de cariño y algo de torpeza, configura en sí mismo un hecho grave que derrama sobre el máximo tribunal presidido por Ricardo Lorenzetti una sombra de duda prácticamente irremontable, desde que Horacio Verbitsky reveló que el miembro más longevo de la judicatura no sabe el día en el que vive.
No son sus habilidades pasadas o el ritmo de su respiración lo que está en discusión. La pregunta que toda la ofendida tribuna republicanista no pudo dar por respondida en una larga semana de dimes y diretes es si Carlos Fayt entiende lo que firma o le hacen firmar, en este caso, un documento que lo ubica en un lugar cuando estaba en otro para consagrar a Lorenzetti como presidente reelecto por anticipado.
Por otra parte, reafirmar que está "lúcido" es una manera de ponerlo en duda. ¿O, acaso, los voceros del máximo tribunal deben salir también a decir que Lorenzetti, Highton de Nolasco y Maqueda están en pleno uso de sus facultades? No hay muchas personas que estén por cumplir un siglo de vida, y hay una sola de esa edad que integra la Corte Suprema. Su lucidez, por eso mismo, es materia opinable: si debe valerse de otros para asegurarla, es porque objetivamente no pareciera estar en condiciones de hacerlo por sí mismo. Si, en la misma línea, se ratifica que está "vivo", la explicación, lejos de aclarar, oscurece al infinito.
Estar vivo no es estar lúcido, y aun si Lorenzetti pudiera sentarlo –"exhibirlo" dijo Ambito Financiero, citando fuentes judiciales, como si se hablara de una cosa y no de un ser humano– en la reunión de acuerdos del martes próximo, no puede confundirse un balbuceo más o menos eficiente con la plenitud cognitiva que demanda el cargo. No es la Corte como institución la que está en problemas, exactamente. Tampoco Fayt, que después de entregar toda una vida al Derecho, hoy es manipulado con bastante malicia para perpetuar el narcisismo de uno de sus pares en particular. Es su presidente, el mismo que adujo "cansancio moral" para amenazar con una renuncia luego desmentida por los otros miembros, según se supone. Y se supone, en verdad, porque el comunicado que daba por válida su reelección después del puchereo no llevaba firmas de ningún tipo. Lorenzetti es responsable de lo que sucede, y lo que sucede se sobreentiende, para cualquier ciudadano más o menos avispado, sea oficialista u opositor, aunque en realidad no se sabe del todo.
¿En qué condiciones? ¿Con qué presupuestos? ¿Bajo qué mecanismos funciona el máximo tribunal del país? Si Lorenzetti manifestó a La Voz del Interior que su rol es el de controlar al poder político, ¿quién o quiénes son los responsables de controlar lo que pasa en el Poder Judicial? ¿O no tiene controles?
Los constituyentes de 1994 dejaron asentado que sus miembros debían ejercer su función hasta los 75 años. Luego, mediante una acordada, la propia Corte extendió a vitalicio el cargo de aquellos que, como Fayt, habían sido nombrados con anterioridad. Pasaron 21 años desde la reforma constitucional. No uno o dos. Hoy, el caso Fayt, se convirtió en un complejo asunto que resta legitimidad (existen las leyes y también "el espíritu" de las leyes) a las actuaciones del tribunal supremo, y esto sin que importen sus antecedentes personales o jurídicos. Porque muertos Petracchi, Argibay y renunciado Raúl Zaffaroni, la Corte opera con cuatro miembros, cuando siempre lo hizo con más de cinco. Y del número de cuatro, uno de ellos, Fayt, está "vivo" y "lúcido", según su hija y su abogado, pero lejos de aportar su número par, contribuye al enigma desde un delicadísimo, por inverificable, estado de salud. ¿Hace falta un juicio político para constatarlo? Eso sería injusto con Fayt e imposible de ejecutar por parte del oficialismo, al que no le dan los números si todo esto se termina convirtiendo, como tantas otras cosas, en un Boca-River. Son los que se llenan la boca hablando de Fayt los que no deberían exponerlo a un escrutinio tan íntimo, y menos que menos, al despiadado juego de sus intereses personalísimos. Pero la oposición argentina tiene comportamientos indolentes y avaros: Elisa Carrió ya dijo que el gobierno quiere matar a Fayt por estrés. No la biología, sino el gobierno, en su versión maniquea, tendrá la culpa si le pasa algo al cuarto integrante. Si su cuerpo resiste, por lo tanto, las fuerzas oscuras que operan en su nombre lo harán votar lo que pretenden para satisfacer sus deseos. Y si, Dios no quiera, pasa otra cosa, a los autores ideológicos del hecho habría que buscarlos en la Casa Rosada. Así no hay diálogo que valga. Con esos niveles de irracionalidad política, donde el gobierno es culpable de todo lo que pasa y de lo que no pasa también, no hay instituciones que aguanten. Es el vaciamiento de las palabras y del sentido de las cosas.
Fue el jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, quien introdujo al análisis de por sí viscoso a un "quinto hombre". Eso también es preocupante. Al parecer del jefe de Gabinete, en representación de Fayt, sería Pablo Hirschmann el que discute con Lorenzetti los fallos que luego llevan estampados su firma temblorosa y, por momentos ilegible, al papel.
Pablo Hirschmann es autor del texto "Reforma de la Constitución Nacional: una propuesta de trabajo", presentado el 18 de abril de 2012 en el Instituto de Política Constitucional de la Academia Nacional de Ciencias Morales y Políticas, entidad presidida por Manuel Solanet (ex funcionario de la dictadura cívico-militar) e integrada, entre otros, por Santiago Kovadloff (vocero del Foro de la Convergencia Empresarial y promotor de los homenajes a Alberto Nisman junto a Nelson Castro) y José Claudio Escribano (ex jefe de redacción del diario La Nación, mentor de una proclama de exigencias del establishment, entre ellas, asegurar la impunidad de los represores, apenas asumió la presidencia Néstor Kirchner).
La titular del Instituto, de la que Hirschmann es secretario, es María Angélica Gelli, una constitucionalista que suele asistir al piso de TN para sostener amables charlas con Joaquín Morales Solá, en las que, por ejemplo, no sólo criticó la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual ("una embestida contra el Grupo Clarín", la redujo, y la asoció prehistóricamente a la expropiación del diario La Prensa del segundo gobierno peronista) sino que sentenció que la reforma del Código Civil y Comercial era revisable por inconstitucional, citando a la esposa de Luis Barrionuevo, la diputada massista Graciela Camaño.
Volviendo a la ponencia de Hirschmann en la Academia, puede citarse su postura negativa, por inconveniente, "a permitir la reelección del ciudadano o ciudadana que ejerce la Presidencia de la Nación". Dice el expositor, alter ego de Fayt según Fernández, "la historia constitucional nos muestra que tanto Perón como Menem –en la búsqueda de la perpetuidad– fueron los verdaderos impulsores y beneficiarios directos de las modificaciones constitucionales que habilitaban las reelecciones". Y continúa: "Esas aspiraciones se expresaban gradualmente hasta llegar a la 'irremediable necesidad' de las continuidad presidencial. Un ejemplo actual de esas señales ha sido la designación en diciembre de 2011 de la diputada Diana Conti como presidenta de la Comisión de Asuntos Constitucionales (…) Poco antes de su designación y con la expresión 'Cristina eterna', la diputada estableció claramente cuál es su visión institucional respecto del equilibrio de poderes en el sistema republicano."
Como se ve, a Hirschmann lo preocupó que Conti haya verbalizado un supuesto que, hay que decirlo, jamás se concretó. Le parece mal la reelección de un presidente democrático. No parece inquietarlo, sin embargo, la reelección anticipada de un presidente de la Corte Suprema, hecha entre gallos y medianoche, con la firma de un integrante que afirma haber estado discutiendo esa resolución en una locación, el Palacio de Justicia, donde no estaba. ¿Eso no es falsedad ideológica en un instrumento público? Retomando su trabajo y el lugar dónde lo expuso, amadrinado por la constitucionalista Galli, Solanet, Escribano y Kovadloff, el "quinto integrante" fantasma del tribunal, que tendría capacidad para discutir resoluciones mano a mano con Lorenzetti en representación de Fayt, siempre según los dichos del jefe de gabinete, confirma que un sector partidizado del Poder Judicial se tomó muy en serio lo afirmado por Conti después del 54%, y desplegó argumentos y alianzas políticas para neutralizar ese enunciado, que nunca se materializó porque la presidenta Cristina Kirchner ("no se hagan los rulos") jamás impulsó ninguna reforma y, mucho menos, su propia reelección, diga lo que diga Sergio Massa, que se atribuye la cucarda republicana de haber frenado lo que ni siquiera se movió.
Sigue Hirschmann: "La Constitución real, la que existe y viene existiendo desde hace mucho tiempo, ha puesto en el desván a la que enseño, a la Constitución en la que creo (…) El espíritu de la Constitución, que magistralmente describió Linares Quintana, aquel que siguió y sigue la 'línea Mayo-Caseros', la Constitución de Fray Mamerto Esquiú, el 'orador de la Constitución', se ha alejado considerablemente de la realidad." Cita a Alberdi: "'La Constitución es el medio más poderoso de pacificación y de orden interior.' Rosas no lo hizo, la Constitución era su gran enemigo. Ya lo había dicho Sarmiento en Facundo: la Constitución le quitaría el manejo discrecional, sacaría del desván al Pacto Federal de 1831. Eso fue lo que ocurrió; basta recordar que el 31 de mayo de 1852 –con Rosas derrotado y exiliado– el Acuerdo de San Nicolás dice que ya es hora de poner en práctica el Pacto Federal." Y remata: "La historia no se repite, pero sirve para comparar. En lugar del rosismo, la actual hora (NdR: el kirchnerismo) nos trae un largo populismo que desde 1989, con un breve y parcial interregno, entre 1999-2001, margina a la Constitución y sólo busca, con pertinaz afán, el poder discrecional y perpetuo."
Debajo de la prosa ampulosa, hay una idea de país. No el actual, precisamente. Uno que viene de lejos, donde la grieta dividía a unitarios y federales. El sustrato del escrito de Hirschmann abreva en el siglo XIX, y claramente toma partido por la supuesta "civilización" (Alberdi, Sarmiento, Mitre) contra la presunta "barbarie" o "tiranía" (Rosas). La democracia del siglo XXI, haciendo ejercicio de la memoria completa gracias, entre otras cosas, al revisionismo histórico, superó esa filosofía política apolillada. No es necesario hundir a Rosas para reconocer a Alberdi, ni matar a Sarmiento para defender al federalismo. Hay una visión alternativa, matizada y no fanática, a la que plantea el "quinto hombre" detrás de Fayt. Entre otras cosas, porque los liberales que cita como ejemplo, en su debido contexto histórico, cometieron errores o aciertos, crímenes o desmanejos, pero no se les puede cargar a su cuenta lo que pasó más tarde, cuando ya no estaban. Ni el golpe de Uriburu, ni la Década Infame, ni la revolución fusiladora, ni las asonadas militares de los '60, ni la proscripción de las mayorías populares, ni el golpe del '76, ni los planes neoliberales que casi llevan a la disolución nacional. Se habrán hecho reivindicando sus ideas, claro que sí, pero los abogados saben, al igual que los historiadores, que con la muerte se extingue la acción penal y los responsables concretos, materiales, de todos esos ultrajes a la República, a la libertad y la justicia pasaron a ser otros: sus exégetas.
Cuando uno recuerda que hubo un golpe reaccionario y criminal que fue bautizado "Revolución Libertadora" y una dictadura genocida que llevó por nombre "Proceso de Reorganización Nacional", descubre que, bajo el ropaje de valores superlativos y libertarios, se han justificado los crímenes más horrendos que suprimían cualquier idea de libertad y convivencia.
La apropiación de estas palabras por grupos de poder fácticos es la mayor operación de sentido de la historia nacional. Detrás del término "república" puede esconderse un dictador o un chanta. Conviene siempre mirar las acciones, mejor que los discursos. A la gente se la conoce por sus hechos, más que por sus palabras.
En apenas una semana, se supo que el actual presidente de la Corte Suprema se hizo reelegir por anticipado mediante una maniobra cuestionable, que uno de los integrantes que la avaló no estaba donde le hicieron firmar que estaba (o porque nunca entendió que no estaba donde decía estar o porque es capaz de mentir que estaba donde no), que su hija tuvo que salir a decir que "está vivo" para aventar sospechas y las terminó alentado y que existe una especie de alter ego, un quinto integrante fantasma, que discute cara a cara con Lorenzetti las resoluciones que luego firmaría Fayt.
Si fuera una comedia de enredos, sería desopilante. Al tratarse del máximo tribunal del país, intérprete de la Constitución y las leyes, es gravísimo. Sobre todo, porque esta misma Corte averiada es la que impidió el nombramiento de conjueces y no criticó el boicot parlamentario opositor para designar al remplazante de Zaffaroni.
En una de sus primeros actos de gobierno, en 2003, Néstor Kirchner impulsó la Corte diversa y plural que sepultó la mayoría automática menemista. Fue una decisión elogiada por todo el arco político y judicial.
Doce años después, Lorenzetti comanda una minoría automática que convirtió el máximo tribunal del país en trinchera del corporativismo judicial, baluarte de la lucha antipopulista.
Por esa razón, lo apoyan la Sociedad Rural, la Asociación Empresaria Argentina, la Cámara de Comercio de los Estados Unidos, la Asociación Cristiana de Dirigentes de Empresas, la Fundación Libertad y la Fundación Mediterránea. Todas estas ONG solidarias, cuya preocupación central es que haya una justicia que no sea, básicamente, redistributiva y democrática, firmaron el viernes un airado documento titulado "La Corte Suprema y sus autoridades, pilar de la República".
Es una realidad, los dueños suelen explicar mejor las virtudes del producto que sus propios empleados. -
http://tiempo.infonews.com/nota/152235/la-corte-de-la-minoria-automatica
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Clarín.com » Edición Martes 24.08.1999 »
Opinión » Preocupante fallo de la Corte Suprema
EDITORIAL
Preocupante fallo de la Corte Suprema Al declarar nulo el último párrafo del artículo 99 inciso cuarto introducido a la Constitución Nacional por la reforma de 1994, la Corte Suprema de Justicia tomó una determinación que no registra antecedentes en nuestra historia institucional. La interpretación de la Corte beneficia a algunos magistrados y sienta un preocupante precedente.Cuando el Congreso declaró la necesidad de reformar la Constitución facultó a la Convención de 1994 a cambiar la forma en que deben ser designados y removidos los magistrados. Sobre tal fundamento, los constituyentes dispusieron que para mantener en el cargo a cualquier juez que cumpla la edad de 75 años será necesario que se lo vuelva a nombrar. Además, por la cláusula transitoria undécima, fijaron el 22 de agosto de 1999 como fecha de entrada en vigencia de la caducidad de los nombramientos de magistrados mayores de setenta y cinco años.Actualmente existen alrededor de veinte jueces federales cuyo nombramiento debería caducar por razones de edad. Además, se encuentra el caso que ha motivado la decisión de la Corte, esto es el del ministro Carlos Santiago Fayt, de 81 años.El fallo de la Corte fue dictado, obviamente, sin la intervención de Carlos Fayt. Pero con la sola excepción de Enrique Petracchi, que se excusó, el resto de los ministros decidió intervenir y resolver a favor de su par.La resolución de la Corte, avalada por la mayoría de sus miembros, es el fruto de una interpretación sumamente restrictiva y formalista de la ley del Congreso que autorizaba la reforma constitucional. Se tomó una determinación de tanta trascendencia jurídica no sólo sobre presupuestos cuestionables, sino también desechando alternativas que hubieran producido similares efectos jurídicos.En un voto diferente del de la mayoría, el doctor Gustavo Bossert esbozó una línea argumentativa de mayor prudencia. A diferencia de sus pares, Bossert consideraba que la cláusula cuestionada sólo podía ser de aplicación para los jueces nombrados con intervención del Consejo de la Magistratura. De esta forma, la decisión podría haber preservado la integridad de la reforma constitucional y, sobre la base del principio de que las normas rigen para casos futuros, se podría haber evitado la caducidad del nombramiento de Fayt y hasta de los restantes jueces mayores de 75 años.El fallo de la Corte proyecta cierta imagen corporativa del Poder Judicial. Además, su sentido contraría la voluntad política de los legisladores y de los constituyentes.
http://edant.clarin.com/diario/1999/08/24/i-01201d.htm
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Sábado 21 de agosto de 1999 | Publicado en edición impresa
Editorial I
La Corte y la Constitución
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La Corte Suprema de Justicia ha declarado nula la norma del artículo 99 inciso 4º de la Constitución Nacional que dispone que cuando un magistrado judicial cumpla 75 años no podrá mantenerse en su cargo si no se le expide un nuevo nombramiento.
Que el más alto tribunal de la Nación haya establecido la nulidad de una disposición constitucional es un hecho de indudable gravedad institucional. La Constitución no es un simple repertorio de normas: es un sistema integrado y orgánico que se acepta y se acata in totum y cuya supremacía sobre el resto del ordenamiento jurídico, en principio, no se discute. Cuando una Constitución es cuestionada en una de sus partes, el conjunto -inevitablemente- resulta afectado.
La Nación se opuso firmemente a la reforma constitucional de 1994, por estimarla innecesaria y por considerar que respondía a móviles políticos subalternos. Sin embargo, una vez que concluyó su labor la convención reformadora y quedó consagrado el nuevo texto, manifestó con el mayor de los énfasis que, de ahí en más, debía ser un deber ineludible de todo argentino acatar todas y cada una de sus disposiciones, pues la Constitución es la suprema expresión del compromiso jurídico formal sobre el cual reposa la unidad política y social de la Nación.
Por eso es lamentable que la Corte no haya encontrado un camino jurídico adecuado para evitar el mal trance de entrar en colisión con una norma de rango constitucional. No es saludable para el sistema republicano que uno de los poderes constituidos del Estado aparezca juzgando la constitucionalidad del poder constituyente. Por lo demás, no debe olvidarse que la declaración de inconstitucionalidad es siempre una ultima razio : debe usarse cuando se han agotado todas las vías para compatibilizar racionalmente las normas que aparecen en pugna.
La Corte ha utilizado un argumento rebatible para declarar la nulidad de la norma mencionada. A juicio del tribunal, la convención reformadora de 1994 -que introdujo el límite de los 75 años- no estaba habilitada para alterar el principio de la inamovilidad de los magistrados, ya que ese tema no estaba incluido entre los puntos sujetos a revisión establecidos por la ley 24.309, que proclamó la necesidad de la reforma.
La posición de la Corte es, como queda dicho, refutable. La introducción del límite de los 75 años no está relacionada necesariamente con el principio de la inamovilidad de los magistrados. Resulta más razonable vincularla con el contenido del artículo que regula la forma en que deben ser designados los jueces;es decir, con la disposición del actual artículo 99 inciso 4º.
En efecto: cuando una norma fija las condiciones para el nombramiento de un funcionario, es natural y lógico que regule también su duración en el cargo. Por lo tanto, la convención reformadora de 1994 no se extralimitó al abordar ese punto: el tema de la designación de los jueces -e, implícitamente, el de su duración en el cargo- estaba incluido entre los puntos sujetos a la reforma.
En lo que concierne concretamente a la situación del ministro de la Corte Carlos Fayt y de los demás miembros de la justicia federal que han traspuesto los 75 años, había razones sobradas para considerar que no están alcanzados por la norma constitucional que fija ese tope de edad. Bastaba, para eso, con interpretar que el artículo 99 inciso 4 sólo es aplicable hacia el futuro; es decir, que sólo afectará a los jueces nombrados de acuerdo con el nuevo régimen de designaciones consagrado por la convención reformadora de 1994 (que para los ministros de la Corte estableció la exigencia del acuerdo del Senado por los dos tercios de sus miembros y para los demás integrantes de la justicia federal incorporó la intervención del Consejo de la Magistratura).
Debe lamentarse que la Corte no haya adoptado ese criterio, lo que le habría permitido llegar a una solución razonable, armonizante y justa sin necesidad de haber lastimado el principio de la supremacía constitucional. .
http://www.lanacion.com.ar/150382-la-corte-y-la-constitucion